Tras más de un mes desde el incio de la Campaña de Renta 2013, y quedando poco más de una semana para la finalización de la misma, os citaré cuáles son las dudas más frecuentes de los contribuyentes que acuden a la plataforma para confeccionar su declaración, ya que como sabéis que "hacienda somos todos" (algo que podría debatirse):
Fuente: El Economista
1. ¿Por qué no me ha llegado el borrador/datos fiscales?
La respuesta es sencilla: si habéis entrado (o algún conocido/familiar lo ha hecho por vosotros) a la página de la Agencia Triburaria para realizar algún trámite, o para pedir cita, el borrador/datos fiscales NO os llegará a casa.
También puede ocurrir que no hayáis marcado la "X" el año pasado para recibirlo en casa, con lo cual deberéis de visualizarlo a través de Internet.
2. ¿El IBI (popularmente llamada "contribución") desgrava?
La respuesta es sí y no: si tenéis algún inmueble de vuestra propiedad alquilado, el IBI se considerará gasto deducible, siempre y cuando no lo pague el inquilino. En el caso de que paguéis el IBI de vuestra vivienda habitual (donde residáis más de 183 días) NO será deducible.
3. ¿Hasta cuándo desgravan los hijos?
Aquí hay que tener claras dos cosas que los contribuyentes lían, y mucho: una cosa es que podáis hacer la declaración conjunta con vuestros hijos (esto ocurre cuando sean menores de edad) y otra muy distinta es que podáis "desgravar" por ellos.
Para que podáis "desgravar", lo que en términos del IRPF se denomina mínimo por descendientes, los hijos han de ser menores de 25 años (o incapacitados judicialmente) y que, o bien no presenten declaración y no obtengan rentas superiores a 8.000€ anuales, o a 1.800€ si presentan declaración. Así que mucho ojo si hay intereses en cuentas bancarias, por ejemplo.
4. ¿Tengo que declarar la pensión/intereses que recibo del extranjero?
La respuesta es SÍ, y sin ninguna duda siempre que la residencia fiscal sea en territorio español. El no hacerlo implicará la correspondiente sanción.
5. ¿El alquiler desgrava?
Sí, y hay dos deducciones: la estatal y la autonómica, que podréis aplicaros siempre que vuestra base imponible general y del ahorro no supere los límites establecidos. No confundáis que desgrave, con que os tengan que devolver dinero, ya que es un error muy común.
6. ¿Puedo incluir los seguros en la deducción por inversión en vivienda habitual (compra de vivienda)?
Podréis incluir todos los seguros ligados a la hipoteca para que la deducción sea mayor. Recordad que las compras de inmuebles a partir del 1-1-2013 no son deducibles y que el límite máximo son 9.040€ anuales.
7. Me sale a pagar, ¿estoy obligado?
La pregunta se divide en dos, dependiendo del número de pagadores que haya. Si solamente hay un pagador, tendréis que ganas más de 22.000€ anuales para estar obligados. Es decir, si ganáis 21.999€ y os sale a pagar, no estaréis obligados a presentarla (de hacerlo, os tocará pagar).
Si hay dos, o más pagadores, y éstos paguen más de 1.500€ anuales, el límite BAJA a 11.200€.
En todo caso, si tenéis borrador y no estáis obligados os pondrá en la cabecera: "Borrador no confirmable"
8. ¿Tengo que declarar el plan PIVE?
Sí, es una ganancia patrimonial (sin transmisión), no hacerlo llevará la sanción correspondiente. De los 1.000€, hay que pagar unos 200€/300€, varía en función de los ingresos.
9. ¿Mi ex me paga una pensión compensatoria, tengo que declararla?
Sí, se consideran rendimientos del trabajo. Además NO llevan retenciones, por lo que probablemente al presentar la declaración el resultado sea positivo ( a pagar ).
Importante recordar que el límite para que estéis obligad@s es de 11.200€: si la pensión es menor no estaréis obligad@s, siempre habrá que tener en cuenta el resto de rendimientos.
Y .... AQUÍ ESTÁ LA PREGUNTA ESTRELLA:
10. ¿POR QUÉ, CON LOS MISMOS DATOS, ESTE AÑO ME DEVUELVEN MENOS QUE EL AÑO PASADO?
En el 99,99% de los casos es tema de RETENCIONES, mirad bien qué os han retenido este año y qué os han retenido el año pasado en el trabajo. Si os devuelven menos, es por qué os han retenido menos.
Si no tenéis retenciones, hacienda no os devolverá nada, a sí que será absurdo intentar poner cualquier deducción, dado que el resultado no variará.
Y ... aunque penséis que la situación es la misma, de un año a otro cambian muchas cosas, aunque no lo parezca.
Espero que os haya sido útil este post.
Salu2,
Ana.
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